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¿Qué son los Seguros de Comunidad?

Un seguro de comunidad es una póliza de seguro comunidades emitida por una aseguradora con coberturas multirriesgo diseñadas para resguardar todos los bienes de una comunidad de propietarios frente a los siniestros que puedan impactar al edificio y a la convivencia. Cubriendo los daños que puedan sufrir el mobiliario de la comunidad, los daños causados por actos vandálicos en la portería y el resto de las zonas comunes, por parte de personas ajenas al edificio. Evitando así gastos inesperados por estos siniestros.

¿Son Obligatorios los Seguros de Comunidades?

A nivel nacional la Ley de división horizontal no demanda la contratación obligatoria de las pólizas de Comunidades, sin embargo existen en varias comunidades autónomas normas que obligan a contratarlo como mínimo las coberturas de incendio y responsabilidad civil e inclusive pueden ser sancionadas las comunidades que no cumplan con esta obligación, como es el caso de los edificios de Madrid y Valencia. A pesar de que en la mayoría de comunidades no sea obligatoria su contratación, es muy recomendable poseerla.

Coberturas de los Seguros de Comunidades

Daños por Agua: La cobertura de daños por agua en el seguro de comunidades cubre la reparación y reposición por: Escapes, rebosamientos, desbordamientos, inundación no catastrófica, goteras, filtraciones, omisión del cierre de grifos y derrame de líquidos, los gastos por localización de escapes y reparación de conducciones y depósitos, la responsabilidad civil derivada de la acción del agua, etc..

Fenómenos atmosféricos e inundación: La cobertura de fenómenos atmosféricos e inundación en el seguro de comunidades cubre los fenómenos que pueden originar daños significativos si superan una explícita intensidad. Por lo general, tienen la consideración de fenómenos meteorológicos, la lluvia, el viento, el pedrisco, el granizo y la nieve. Los daños originados por inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de cuerpos siderales y aerolitos, en los que se ven metidos las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado.

Robo y expoliación: La cobertura de robo y expoliación en el seguro de comunidades se encarga de cubrir a la comunidad de propietarios frente a los perjuicios sufridos por robo y expoliación. En muchos casos, también incluye la sustitución de llaves y cerraduras, ropa, robo de dinero en efectivo, y efectos personales o la re obtención de documentos.

Humo: La cobertura de daños por humo en el seguro de comunidades cubre los perjuicios originados por el humo como mezcla visible de gases procedentes de la combustión, la cual deposita en la superficie una sustancia denominada como hollín. Esta póliza cubre pérdida o deterioro producido por humo únicamente cuando resulte o sea la consecuencia de cualquier suceso súbito, anormal, o defectuoso de algún aparato de calefacción o cocimiento, pero sólo cuando dicha unidad se encuentre acoplada a una chimenea; y siempre que se localicen dentro de las posesiones descritas en la póliza.

Daños eléctricos: La cobertura de daños eléctricos en el seguro de comunidades dispone que la compañía aseguradora se hará responsable de las reparaciones o indemnizaciones procedente de los perjuicios materiales directos que hayan podido sufrir las instalaciones eléctricas, así como los aparatos eléctricos de la comunidad de propietarios producidos de alguna de la siguientes causas: por corrientes anormales, cortocircuitos, sobretensión en la red, arco voltaico o desperfectos eléctricos así como los ocasionados por la caída de un rayo.

Impacto de vehículos o caída de aeronaves: La cobertura de impacto de vehículos o caída de aeronaves en el seguro de comunidades cubre los perjuicios por impactos de vehículos producidos del choque o impacto de alguna clase de vehículo terrestre o marítimo, o de mercancías por ellos transportadas, así como de animales. Y además por caída de aeronaves u otros aparatos aéreos, o de objetos derivado de los mismos.

Actos de vandalismo: La cobertura de actos de vandalismo en el seguro de comunidades cubre los daños ante los actos vandálicos que pueda sufrir el continente y el contenido según el límite convenido en el seguro, realizados de manera individual o colectiva por personas ajenas de la residencia en la comunidad, sin que exista ánimo de beneficio. esta puede contener tanto los daños originados por personas aisladas como por tumultos, manifestaciones o huelgas. esta cobertura, será efectiva con el denunciado anticipado ante la policía.

Roturas de cristales y espejos: La cobertura de roturas de cristales y espejos en el seguro de comunidades cubre la fractura total de un bien (cristales o espejos) asegurado instalado en las dependencias comunes del edificio que lo haga inservible para su utilidad. Por consiguiente esta cubre los gastos que conlleva la reparación o reemplazo por rotura de bienes correctamente instalados que sean parte del uso habitual del edificio.

Caída de árboles, postes y antenas: La cobertura de caída de árboles, postes y antenas en el seguro de comunidades cubren los daños producidos a los bienes asegurados por la caída de árboles, postes o antenas. Los siniestros que normalmente están cubiertos son los daños producidos por el viento. por ende es importante conocer que originó la caída. Ejemplo si el árbol estaba sano y el viento causo la caída, el seguro para comunidades ayudará a reparar el daño causado a su edificio y otras estructuras dentro de su propiedad pero sin embargo, no cubrirá el daño producido por negligencia.

Desatascos de tuberías comunitarias: La cobertura de desatascos de tuberías comunitarias en el seguro de comunidades cubre los daños causados en las zonas comunes del edificio derivados de las conducciones y depósitos de agua comunitarios, como consecuencia de fugas o averías procedentes de forma accidental e imprevista.

Derrumbe accidental: La cobertura de derrumbe accidental en el seguro de comunidades es la cobertura que indemniza al asegurado en un suceso de derrumbe del edificio por causas que no estuvieran cubiertas en dichos acuerdos, y que obligaran al desalojo del inmueble.

Reclamación de Impago de Cuotas Comunitarias: La cobertura de reclamación de impago de cuotas comunitarias en el seguro de comunidades cubre el procedimiento de reclamación de deuda mediante un procedimiento judicial simple, útil y rápido que se usa para exigir deudas pendientes de pago de cuotas en una comunidad de propietario.

Control de plagas: La cobertura de control de plagas en el seguro de comunidades se encarga en la inspección y el tratamiento correctivo o preventivo (desinsectación y desratización), con la aplicación de los productos que se crean precisos para su eliminación y control de la plaga.

Protección jurídica: La cobertura de protección jurídica en el seguro de comunidades garantiza el asesoramiento y la asistencia judicial, sin tener que hacer frente a los altos costos que estos procesos conllevan. Un producto especializado en defensa jurídica que se responsabiliza de los gastos en que pueda incurrir la Comunidad de Propietarios.

Pérdida de alquileres: La cobertura de pérdida de alquileres en el seguro de comunidades es la garantía que responde a daños o deterioro efectivo sufrido por el asegurado (en este caso la comunidad de vecinos) en su posición como dueño y arrendador de un piso, oficina o local del inmueble asegurado, debido a la pérdida de la renta del arrendamiento por haberse invalidado forzosamente el contrato de alquiler que estaba en vigor en el momento que tuvo parte el siniestro causando la inhabitabilidad.

Responsabilidad Civil: La cobertura de responsabilidad Civi en el seguro de comunidades cubre los daños que puedan ocasionar a un tercero o a un vecino en la residencia siempre que la Comunidad de vecinos sea la responsable del mismo. Esta es una cobertura regulada por la Ley de Propiedad Horizontal.

Incendio: La cobertura de incendio en el seguro de comunidades cubre los daños materiales y directos al edificio y pérdidas materiales cuando el incendio se origine fortuitamente. Modalidades de los Seguros de Comunidades.

Modalidades de Seguros de Comunidades

Modalidad Estándar: En esta modalidad sólo es preciso informar del valor del inmueble para conseguir el precio de esta póliza. El sistema calcula por defecto las sumas aseguradas para cada cobertura básica. Esta incluye Daños Materiales, Asistencia, Acción del Agua y Responsabilidad Civil derivada de ella, Gastos Desatasco Tuberías Comunitarias, Responsabilidad Civil Contaminación, Control de Plagas, Responsabilidad Civil de la Junta Directiva, Filtraciones desde paredes y rotura de cristales.

Modalidad Personalizada: La modalidad personalizada permite escoger los capitales específicos que desees contratar en cada cobertura. Es una póliza completamente personalizable por el cliente, para poder responder a sus necesidades específicas. Esta pueden incluir todas las de la modalidad ya mencionada más el servicio de Inspección Técnica de Edificios, Eficiencia Energética y Accesibilidad, Asesoramiento y Protección Jurídica, Rotura de Maquinaria y Avería de Aparatos Electrónicos, y Reclamación Impago Cuotas Comunitarias o cualquier otra opcional.

Ventajas de los Seguros de Comunidades

• Tendrá a su disposición una red de Asistencia de profesionales.
• Consulta y asesoramiento jurídico.
• Indemnización en los gastos por desatasco de tuberías comunitarias.
• Asesoramiento técnico en certificaciones energéticas, condiciones de accesibilidad e inspecciones técnicas de edificios.
• Tratamiento correctivo o preventivo de control de plagas.
• Servicio de atención telefónica de urgencia 24 horas.
• Mantenimiento básico del edificio.
• Riesgos extraordinarios.

¿Qué es el continente y contenido en una comunidad de propietarios?

Continente: El continente en el seguro de comunidades hace referencia a los cimientos del edificio, la estructura del mismo, cualquier tipo de elemento perteneciente a la construcción. tales como: cimientos, muros, paredes, techos, suelos, tabiques, tuberías, cubiertas, puertas, ventanas, asimismo forman parte las paredes interiores de las viviendas particulares, sean o no elementos estructurales de la comunidad, ya que las aseguradoras entienden el edificio como una parte indivisible.

Contenido: El contenido en el seguro de comunidades hace referencia a los elementos o bienes que corresponden al edificio de la comunidad de propietarios y que están localizados en las zonas comunes del mismo o en su recinto para que los puedan utilizar los miembros de la comunidad. Tales como: Muebles, espejos, lámparas, bienes de adorno o decoración, sillones, bancos, maceteros móviles, el ordenador o los armarios que hay en la conserjería.

"Esta información ha sido obtenida de diversas compañías aseguradoras, actualmente no podemos confirmar que esté actualizada. Si tiene alguna duda siempre puede solicitarnos información sin compromiso, comerciales altamente cualificados le ofrecerán información actual y veraz de seguros de comunidades."

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